Evaluación de Saberes Previamente Adquiridos

¿Qué es la evaluación de saberes previamente adquiridos?

Es la evaluación que permite acreditar unidades de aprendizaje sin haberlas cursado. Su aplicación se sujetará a lo descrito en el plan y programa de estudios, y a los lineamientos aplicables. (Art. 47 del Reglamento General de Estudios)

El alumno tendrá diez días hábiles, contados a partir del inicio del periodo escolar, para solicitar la aplicación de la evaluación de saberes previamente adquiridos.

En caso de acreditar la evaluación, el resultado se registrará como evaluación ordinaria, de lo contrario, el resultado de esta evaluación no afectará su situación escolar, pero deberá cursar la unidad de aprendizaje.

Sólo se tendrá una oportunidad para someterse a la evaluación de saberes previamente adquiridos, por cada unidad de aprendizaje del plan de estudio correspondiente.

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Requisitos

  1. El alumno debe estar inscrito en el semestre corriente.

  2. La unidad de aprendizaje que será evaluada deberá tenerla como No Cursada o estar cursándola por primera vez.

  3. No haber solicitado anteriormente evaluación de saberes previamente adquiridos de la unidad de aprendizaje requerida.

Procedimiento

  1. El alumno descarga el formato de solicitud.

  2. El alumno entrega a la Subdirección Académica dentro de los primeros 10 días hábiles de iniciado el semestre, el formato de solicitud junto con la siguiente documentación:

  • Boleta global de calificaciones informativa

  • Copia del comprobante de inscripción:

  • Documentación de soporte de la adquisición de los saberes (Boleta de calificaciones de otro programa académico, grado académico, ejercicio profesional, prácticas profesionales, servicio social, etc.)

  1. La Subdirección Académica evalúa y determina la procedencia de la solicitud.

  2. La Subdirección Académica comunica el resultado al alumno, (dentro de los 5 días posteriores a la recepción de la solicitud) y en su caso, indica lugar, fecha, hora y profesor que aplicará la evaluación de saberes previamente adquiridos. Entrega copia al Departamento de Gestión Escolar para su registro correspondiente en el SAES.

nota: los tiempos de respuesta y aplicación de la evaluación, deberán considerar la fecha límite para registrar el resultado de la evaluación de saberes previamente adquiridos según el Calendario Académico.

  1. La Subdirección Académica entrega oficio de designación al profesor sinodal.

  2. El profesor realiza la evaluación, y registra el resultado en el SAES. Acude al Departamento de Gestión Escolar a firmar el acta correspondiente.

  3. El alumno revisa el resultado de su evaluación en el SAES.

  4. En caso de que el resultado sea No aprobatorio y la unidad de aprendizaje no esté inscrita, se procederá a realizar su inscripción correspondiente, de acuerdo a disponibilidad y situación particular.